Viernes 19 de Abril de 2024 . SdE. República Argentina.
04 - Noviembre - 2020 | Ciudad de Buenos Aires

Aprobaron el Protocolo para eventos al aire libre

Aprobaron el Protocolo para eventos al aire libre

|Nota: ||Foto: Internet|

Más info en Info@festivales.gob.ar

Este martes 3 de noviembre el Gobierno Nacional definió aceptar el protocolo para la realización de eventos culturales al aire libre que presentó la Ciudad de Buenos Aires.

El Protocolo es de aplicación para todos los eventos culturales como ser actividad teatral, shows musicales, artes escénicas, danza, performance, artes visuales, show culturales infantiles, espectáculos, circo y otras actividades asimilables a las nombradas que puedan realizarse respetando el mismo.

Los eventos culturales pueden tener público de hasta 100 personas al aire libre, en la medida en que se puedan garantizar una superficie de ocupación en espacio libre de 4m2 por persona, para el público y el personal propio o contratado que realice actividades durante el armado, desarrollo y desarme del evento en cuestión, a realizarse al aire libre.

El desarrollo de las actividades podrá ser en lugares de gestión privada, y/o pública, al aire libre, siempre que estén dadas las condiciones y cuenten con las autorizaciones y/o permisos correspondientes emitidos por las autoridades competentes.

En relación a los espacios públicos de la Ciudad de Buenos Aires, podrán realizarse en:
- Anfiteatros públicos
- Parques y plazas
- Calles y avenidas, siempre que no tengan de manera simultánea otro uso, tales como área gastronómica, running, ferias gastronómicas u otras actividades habilitadas en la pandemia, con el fin de evitar la aglomeración de público y que cuenten con 1.000 m2 como mínimo de espacio aire libre para el evento.

En cuanto a la organización en general, los eventos se deberán realizar fuera de los horarios pico de transporte a fin de evitar aglomeramientos (18 hs en adelante de lunes a viernes, y los sábados, domingos y feriados sin limitación horaria). Sin perjuicio de las tareas de armado y desarmado. Cada show deberá tener una duración inferior a 90 minutos, independientemente de los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar una jornada de más de un show, el plazo entre los mismos debe ser de 90 minutos.

Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de este protocolo, los interesados en desarrollar las actividades objeto de la presente, deberán notificar al Ministerio de Cultura al mail Info@festivales.gob.ar con una antelación mínima de diez (10) días hábiles previo a la fecha de realización de la actividad, a través del formulario que se confeccionará a tal efecto, que tendrá carácter de Declaración Jurada.

Respecto a las medidas de seguridad sobre el escenario, el protocolo establece que la interacción en el mismo entre los artistas será de al menos de dos metros de distancia con tapaboca y en caso que no puedan usarlo deberán guardar una distancia mayor a dos metros.

No está permitido que la interacción con el público implique que el mismo suba al escenario. La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al coeficiente de ocupación de una persona cada cuatro metros cuadrados en superficie descubierta o al aire libre.

Asimismo, el personal afectado para realizar las tareas que requiere el armado, desarrollo y desarmado del evento, deberá ser de una dotación mínima e indispensable de a los fines de garantizar la distancia social mínima exigida.

En cuanto a la venta de entradas, los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, deberán ser adquiridos con antelación a la función a través de medios digitales que deberán implementar los organizadores. El control de entradas se realizará mediante un código QR o en la pantalla de un celular. En el caso de eventos gratuitos, se deberá reservar cupo previamente a través medios electrónicos.

Se deberán garantizar una cantidad de accesos y egresos que evite el aglutinamiento de personas. Siempre que sea posible, los puntos de entrada serán distintos a los puntos de salida con la finalidad de reducir y/o minimizar el aglomeramiento de personas.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intensificará los controles con personal suficiente e identificado para que se dé cumplimiento al presente protocolo. Se hará control de temperatura a todos, se ofrecerá alcohol en gel o sanitizante todas las entradas.

Se recomienda contar con personal destinado a orientar y acomodar a los asistentes. Se requiere desinfección total del predio antes del comienzo del evento.

El público debe ser ubicado de manera individual o grupal ante un mismo grupo familiar conviviente, que no podrá ser superior a cuatro personas y que deben usar tapaboca, nariz y mentón. El índice de ocupación para determinar el máximo de público será de una persona cada cuatro metros cuadrados. La distribución del mismo podrá realizarse seleccionando alguna modalidad de distribución según:

Demarcación en el suelo - Burbujas Sociales Sillas o butacas distanciadas Estructuras de división de espacios Cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.

La distancia entre asistentes deberá ser de dos metros y entre modalidades de como mínimo de dos metros. No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo. Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. A tal fin, garantizar que la misma tenga corredores de sentido único.

El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular. La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

En caso de que se ofrezca servicio de gastronomía, se deberá dar cumplimiento en todo lo no previsto por el presente al “Protocolo para el funcionamiento de locales gastronómicos (al aire libre) para prevención y manejo de casos de Covid-19”. El organizador deberá incluir en la memoria descriptiva o croquis del evento en donde se indique dónde y cómo se dispondrán la ubicación de los espacios gastronómicos en el predio.

Los stands, trailers, gazebos de venta de comida deben estar distanciados entre sí con una distancia mínima de dos metros y contar con barreras físicas y en el sector de la caja.

El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular. La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

Para reducir la aglomeración de personas en lo que respecta a la utilización de los sanitarios, se deberá prever un sistema que permita organizar el desplazamiento de las personas hasta los baños, por ejemplo, solicitando permiso al personal encargado de acomodar al público levantando la mano.

El objetivo de este protocolo es brindar pautas para que los titulares de los establecimientos habilitados o con habilitación en trámite, dedicadas a la actividad cultural puedan realizarlas de forma segura sobre la vereda, calzada, patios, terrazas y espacios públicos.

Podrán desarrollarse actividades artísticas de carácter musical, editorial, teatral, visual, audiovisual, de danza y aquellas en general vinculadas al arte del espectáculo, de creación e interpretación en los establecimientos o espacios cuya habilitación o permiso sea compatible con la actividad, que se encuentren inscriptos en alguno de los registros del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y previo cumplimiento de lo establecido por las áreas competentes respecto a la tramitación de permisos, seguros y toda aquella norma que sea aplicable al caso.

No podrá desarrollarse actividad alguna en los salones internos de los establecimientos para público general, los que deberán permanecer cerrados.

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04 - Noviembre - 2020 | Ciudad de Buenos Aires

Aprobaron el Protocolo para eventos al aire libre

Más info en Info@festivales.gob.ar

Este martes 3 de noviembre el Gobierno Nacional definió aceptar el protocolo para la realización de eventos culturales al aire libre que presentó la Ciudad de Buenos Aires.

El Protocolo es de aplicación para todos los eventos culturales como ser actividad teatral, shows musicales, artes escénicas, danza, performance, artes visuales, show culturales infantiles, espectáculos, circo y otras actividades asimilables a las nombradas que puedan realizarse respetando el mismo.

Los eventos culturales pueden tener público de hasta 100 personas al aire libre, en la medida en que se puedan garantizar una superficie de ocupación en espacio libre de 4m2 por persona, para el público y el personal propio o contratado que realice actividades durante el armado, desarrollo y desarme del evento en cuestión, a realizarse al aire libre.

El desarrollo de las actividades podrá ser en lugares de gestión privada, y/o pública, al aire libre, siempre que estén dadas las condiciones y cuenten con las autorizaciones y/o permisos correspondientes emitidos por las autoridades competentes.

En relación a los espacios públicos de la Ciudad de Buenos Aires, podrán realizarse en:
- Anfiteatros públicos
- Parques y plazas
- Calles y avenidas, siempre que no tengan de manera simultánea otro uso, tales como área gastronómica, running, ferias gastronómicas u otras actividades habilitadas en la pandemia, con el fin de evitar la aglomeración de público y que cuenten con 1.000 m2 como mínimo de espacio aire libre para el evento.

En cuanto a la organización en general, los eventos se deberán realizar fuera de los horarios pico de transporte a fin de evitar aglomeramientos (18 hs en adelante de lunes a viernes, y los sábados, domingos y feriados sin limitación horaria). Sin perjuicio de las tareas de armado y desarmado. Cada show deberá tener una duración inferior a 90 minutos, independientemente de los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar una jornada de más de un show, el plazo entre los mismos debe ser de 90 minutos.

Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de este protocolo, los interesados en desarrollar las actividades objeto de la presente, deberán notificar al Ministerio de Cultura al mail Info@festivales.gob.ar con una antelación mínima de diez (10) días hábiles previo a la fecha de realización de la actividad, a través del formulario que se confeccionará a tal efecto, que tendrá carácter de Declaración Jurada.

Respecto a las medidas de seguridad sobre el escenario, el protocolo establece que la interacción en el mismo entre los artistas será de al menos de dos metros de distancia con tapaboca y en caso que no puedan usarlo deberán guardar una distancia mayor a dos metros.

No está permitido que la interacción con el público implique que el mismo suba al escenario. La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al coeficiente de ocupación de una persona cada cuatro metros cuadrados en superficie descubierta o al aire libre.

Asimismo, el personal afectado para realizar las tareas que requiere el armado, desarrollo y desarmado del evento, deberá ser de una dotación mínima e indispensable de a los fines de garantizar la distancia social mínima exigida.

En cuanto a la venta de entradas, los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, deberán ser adquiridos con antelación a la función a través de medios digitales que deberán implementar los organizadores. El control de entradas se realizará mediante un código QR o en la pantalla de un celular. En el caso de eventos gratuitos, se deberá reservar cupo previamente a través medios electrónicos.

Se deberán garantizar una cantidad de accesos y egresos que evite el aglutinamiento de personas. Siempre que sea posible, los puntos de entrada serán distintos a los puntos de salida con la finalidad de reducir y/o minimizar el aglomeramiento de personas.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intensificará los controles con personal suficiente e identificado para que se dé cumplimiento al presente protocolo. Se hará control de temperatura a todos, se ofrecerá alcohol en gel o sanitizante todas las entradas.

Se recomienda contar con personal destinado a orientar y acomodar a los asistentes. Se requiere desinfección total del predio antes del comienzo del evento.

El público debe ser ubicado de manera individual o grupal ante un mismo grupo familiar conviviente, que no podrá ser superior a cuatro personas y que deben usar tapaboca, nariz y mentón. El índice de ocupación para determinar el máximo de público será de una persona cada cuatro metros cuadrados. La distribución del mismo podrá realizarse seleccionando alguna modalidad de distribución según:

Demarcación en el suelo - Burbujas Sociales Sillas o butacas distanciadas Estructuras de división de espacios Cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.

La distancia entre asistentes deberá ser de dos metros y entre modalidades de como mínimo de dos metros. No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo. Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. A tal fin, garantizar que la misma tenga corredores de sentido único.

El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular. La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

En caso de que se ofrezca servicio de gastronomía, se deberá dar cumplimiento en todo lo no previsto por el presente al “Protocolo para el funcionamiento de locales gastronómicos (al aire libre) para prevención y manejo de casos de Covid-19”. El organizador deberá incluir en la memoria descriptiva o croquis del evento en donde se indique dónde y cómo se dispondrán la ubicación de los espacios gastronómicos en el predio.

Los stands, trailers, gazebos de venta de comida deben estar distanciados entre sí con una distancia mínima de dos metros y contar con barreras físicas y en el sector de la caja.

El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular. La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

Para reducir la aglomeración de personas en lo que respecta a la utilización de los sanitarios, se deberá prever un sistema que permita organizar el desplazamiento de las personas hasta los baños, por ejemplo, solicitando permiso al personal encargado de acomodar al público levantando la mano.

El objetivo de este protocolo es brindar pautas para que los titulares de los establecimientos habilitados o con habilitación en trámite, dedicadas a la actividad cultural puedan realizarlas de forma segura sobre la vereda, calzada, patios, terrazas y espacios públicos.

Podrán desarrollarse actividades artísticas de carácter musical, editorial, teatral, visual, audiovisual, de danza y aquellas en general vinculadas al arte del espectáculo, de creación e interpretación en los establecimientos o espacios cuya habilitación o permiso sea compatible con la actividad, que se encuentren inscriptos en alguno de los registros del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y previo cumplimiento de lo establecido por las áreas competentes respecto a la tramitación de permisos, seguros y toda aquella norma que sea aplicable al caso.

No podrá desarrollarse actividad alguna en los salones internos de los establecimientos para público general, los que deberán permanecer cerrados.


|Nota: |
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